R茅gimen Simplificado Opcional de Importaci贸n Definitiva El R茅gimen Simplificado Opcional de Importaci贸n Definitiva est谩 dirigido a personas de existencia visible o ideal que se encuentren inscriptas en el Registro de Importadores de la Direcci贸n General de Aduanas y habilitados para operar. No est谩n incluidos los servicios postales o courier y el Correo Oficial. Mercader铆as comprendidas Las mercader铆as afectadas a este R茅gimen deben ser nuevas y su valor FOB por cada importaci贸n no debe exceder los U$S 3.000 (tres mil d贸lares estadounidenses) o su equivalente en otras monedas. Asimismo, s贸lo se permiten hasta 4 (cuatro) operaciones por mes. Mercader铆as exclu铆das Quedar谩n exclu铆das de este R茅gimen Simplificado las mercader铆as cuya importaci贸n se encuentre:
prohibida
sujeta a la afectaci贸n de cupos
intervenci贸n de otros organismos
amparadas por reg铆menes que determinen beneficios tributarios o excepci贸n a la aplicaci贸n de prohibiciones
Operatoria La operatoria para utilizar R茅gimen Simplificado Opcional de Importaci贸n Definitiva consiste en solicitar al Servicio Aduanero la verificaci贸n de la mercader铆a y el ingreso de los datos al Sistema Inform谩tico Mar铆a para su oficializaci贸n, impresi贸n y presentaci贸n. Dicha solicitud podr谩 ser firmada por el importador o por una persona autorizada, acredit谩ndose la personer铆a con:
Documento de Identidad: cuando el importador sea una persona de existencia visible y efect煤e el tr谩mite en forma personal, o
Certificaci贸n de escribano p煤blico en la solicitud: cuando efect煤e el tr谩mite una persona autorizada.
El interesado deber谩 presentarse en las 谩reas de verificaci贸n de la Direcci贸n General de Aduanas correspondiente a la jurisdicci贸n en donde arrib贸 la mercader铆a, con el sobre contenedor OM 2133 A conformado por 茅l mismo debidamente integrado, y la siguiente documentaci贸n complementaria correspondiente a la operaci贸n:
Factura Comercial original.
Documento de transporte original.
Certificado de Origen, de corresponder.
Certificado de Inspecci贸n de Preembarque, de corresponder.
Formulario Informativo de corresponder.
Toda otra que el Servicio Aduanero le requiera en orden a lo establecido en los art铆culos 243 y 244 del C贸digo Aduanero (ley 22415).
Sanciones Cualquier transgresi贸n en la que incurra el importador determinar谩 la eliminaci贸n del r茅gimen, sin perjuicio de las sanciones por los il铆citos cometidos. Normas de referencia
Decreto N潞 161/1999
Resoluci贸n General N潞 501/1999
Resoluci贸n General N潞 503/1999 (AFIP)
Regimen Simplificado de Importaci贸n
馃 Actualizaci贸n: Esta nota explica la normativa vigente cuando la escribimos, pero las reglas cambiaron varias veces desde entonces. Hoy el courier y el correo tienen un tope de 3.000 d贸lares por env铆o (franquicia de 400 d贸lares pagando solo IVA) y rige la RG 5884/2026 de ARCA. Le茅 la versi贸n actualizada: Compras al exterior: qu茅 cambi贸 con el nuevo r茅gimen de ARCA.
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